jueves, 31 de agosto de 2017

CASO PRÁCTICO RENTA NETA 2DA. CATEGORÍA

CASOS PRÁCTICOS
RENTA NETA 2DA. CATEGORÍA


DESARROLLADO 
POR: NORMA SOLIS ZAVALA

La señorita Pasquel transfiere en forma definitiva sus derechos de autor sobre la obra “Como mantenerse joven” a la empresa Editorial “Platino” S.A.C., por un valor de S/. 320,000. Determinar la Renta Neta de Segunda Categoría y el importe que será retenido. Envía tu archivo a través de este medio.


DATOS:
Pago por derechos de autor: S/ 320,000
Renta Neta de segunda categoría = ?
Retención = ?

SOLUCION
SEGÚN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
Los incisos c) y d) del artículo 24° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta establece que son rentas de segunda categoría las regalías  y el producto de la cesión definitiva o temporal de derechos de llave, marcas, patentes, regalías o similares.
De conformidad con el artículo 27° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, cualquiera sea la denominación que le acuerden las partes, se considera regalía, entre otros, a toda contraprestación en efectivo o en especie originada por el uso o por el privilegio de usar derechos de autor de trabajos literarios, artísticos o científicos.

SEGÚN EL INFORME INFORME N° 367-2003-SUNAT/2B0000
En el caso del contrato de adhesión tipo cesión, los ingresos que perciba el cedente de los derechos de autor de parte de la Sociedad de Gestión Colectiva estarán gravados con el Impuesto a la Renta de segunda categoría si el cedente es una persona natural; y de tercera categoría, si es una persona jurídica o empresa unipersonal.
En el caso señalado en el numeral anterior, si el cedente de los derechos de autor es una persona natural, el Impuesto a la Renta que le corresponda será retenido por la Sociedad de Gestión Colectiva, variando la tasa aplicable si es que la persona natural es o no domiciliada.

CÁLCULO DEL IMPOUESTO A  LA RENTA NETA 
La Ley del Impuesto a la Renta señala:
Artículo 36º.- Para establecer la renta neta de la primera y segunda categoría, se deducirá por todo concepto el veinte por ciento (20%) del total de la renta bruta.
Artículo 52°-A.- El impuesto a cargo de personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país, se determina aplicando la tasa de seis coma veinticinco por ciento (6,25%) sobre sus rentas netas del capital.

       Renta bruta                                                               =  320,000.00
-          Deducción (20% de 320.000)                     = -  64,000.00
-          Renta Neta                                                       =  256,000.00

CALCULO DE LA RETENCIÓN.
-          Renta Neta                                                       =  256,000.00
-          Retención (6.25%)                                         =  16,000.00       

En la práctica, para facilitar el pago del impuesto a la renta bruta generada se aplica el 5% (S/. 320,000.00 x 5%= S/.16000).


BIBLIOGRAFIA CONSULTADA
Capítulo VI  de la Renta Neta. Consultado el 02/05/2015, en http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capvi.htm

Capítulo VII  de las Tasas del Impuesto.  Consultado el 02/05/2015, en http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capvii.htm

Impuesto a las ganancias de capital- Consultado el 02/05/2015, en http://www.asesorempresarial.com/web/novedad.php?id=5404

Informe N° 367-2003-SUNAT/2B0000. Consultado el 03/05/2015, en http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2003/oficios/i3672003.htm


Texto único ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta Decreto Supremo N° 179-2004-EF  (Publicado el 08 de diciembre de 2004) (Actualizado al 15.03.2007). Consultado el 02/05/2015, en  http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/fdetalle.htm

COMPRA DE UNA SOCIEDAD

CASOS PRÁCTICOS DE SOCIEDADES

Desarrollado 
por: Norma Solis Zavala


Enunciado:
Los señores Juan Labanca y Serafín Sinsuerte, han obtenido cierta cantidad de dinero por motivos diferentes y han decidido asociarse para realizar un emprendimiento comercial. Les ha agradado la idea de que su nueva empresa gire en el tramo de la cría de ñandúes. El Sr. Labanca ha aceptado el incentivo por retirarse tempranamente del banco en el que trabajaba, obteniendo por tal motivo el equivalente a 18 meses de sueldo, siendo sus sueldos anteriores de US$ 1.000 mensuales. El Sr Sinsuerte quedó sin trabajo al quebrar la firma en la que trabajaba y obtuvo como indemnización la suma de US$9,000.
Responda las interrogantes, comente y aporte sus ideas objetivamente sobre cada caso.
  • ¿Cuál sería el tipo de sociedad más adecuada para la empresa que pretenden desarrollar Labanca y Sinsuerte? ¿Por qué? 
  • ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de adquirir una sociedad pre constituida y las de constituir ellos mismos una sociedad a los efectos de la empresa en cuestión? 
  • ¿Cuál sería la participación adecuada de cada uno de los socios en el capital social y en los órganos sociales? 
  • Si uno de ellos fuere un socio minoritario; ¿Qué precauciones debe tomar al constituir la sociedad, a los efectos de asegurar su participación en las decisiones sociales?.
SOLUCIÓN

SOCIOS:
Sr. Labanca
Aporte: US$ 18,000.00

Sr Sinsuerte
Aporte: US$9,000.

• ¿Cuál sería el tipo de sociedad más adecuada para la empresa que pretenden desarrollar Labanca y Sinsuerte? ¿Por qué?
Sería una Sociedad Anónima Cerrada (SAC)
Este tipo de sociedad puede funcionar sin directorio.
No tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.
En esta sociedad los aportes (capital) que para nuestro caso es en bienes dinerarios, se dividen en acciones y los socios tienen responsabilidad limitada solo hasta el aporte de su capital, no pueden tocar los bienes que poseen los socios  como personas naturales.
Estas acciones pueden ser transferidas a otras personas si no existe el derecho preferente (tiene que estar señalado en las Escrituras Públicas)


• ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de adquirir una sociedad pre constituida y las de constituir ellos mismos una sociedad a los efectos de la empresa en cuestión?

SOCIEDAD PRE CONSTITUIDA.
Ventajas
·        La sociedad al estar constituida ya existe formalmente y está en plena actividad.
·        Se ha puede comenzar a trabajar inmediatamente.
·        Los Estados Financieros de la empresa, nos proporciona información para saber si esta es una empresa rentable o no. Así como podemos saber cuáles son las fuentes de ingresos y gastos, y si tienen deudas a corto, mediano  o largo plazo.
·        Podemos obtener información de las actividades comerciales que realiza y cuáles son las más rentables.
·        Nos proporciona información de sus clientes, proveedores y puntos de venta existentes.
·        Podemos obtener información del personal que labora en la empresa, de sus sueldos y salarios y si estos están cubiertos totalmente.
·        Así mismo podemos obtener información si la empresa tiene todos sus documentos en regla con la SUNAT, Municipalidades, ESSALUD, AFP. SNP, etc.

Desventajas:
·        La adopción de su manejo podría ser difícil, ya que se trata de una empresa en actividad..
·        La empresa podría ser difícil de reactivarse económicamente si se ha optado por adquirir una empresa que estaba en quiebra.
·        Podría darse el caso de que esta empresa arrastre deudas de un manejo anterior y esto perjudicaría las futuras actividades de la empresa.

CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD
Ventajas:
·        Permite conocer al socio, su reputación y si esta es una persona que no tiene problemas con la justica.
·        Al constituirlo uno mismo, elije la razón social y las actividades que desarrollara la empresa.
·        En la elaboración de los estatutos se puede añadir un artículo referido al derecho preferente de los socios, a fin de salvaguardar el manejo de la empresa.
·        Se puede elegir qué tipo de sociedad comercial se va a constituir.
Desventajas:
·        El tiempo que se demora en constituir la empresa, ya que sigue una serie de pasos desde la búsqueda del nombre hasta su inscripción en los Registros Públicos, demora unos 30 días.

• ¿Cuál sería la participación adecuada de cada uno de los socios en el capital social y en los órganos sociales?

Participación:
Sr. Labanca
Aporte: US$ 18,000.00 = 18,000 acciones con valor nominal  de $ 1.00
Sr Sinsuerte
Aporte: US$ 9,000 = 9,000 acciones con valor nominal  de $ 1.00
Total acciones = 27,000
27000 ------ 100%
18000 ------ x  = 66.67%
9000 ------- x  = 33.33 %

El socio Sr. Labanca tiene 18,000 acciones y su aporte representa el 66.67% del total de acciones
El socio Sr Sinsuerte tiene 9,000 acciones y su aporte representa el 33.33% del total de acciones

Órganos sociales:
La empresa en cuestión a constituir es una sociedad anónima cerrada sin directorio y los órganos de gobierno son:
·        Junta general de accionistas.
·        Gerente General.
Para nuestro caso el Gerente General de la empresa es el Sr. Labanca

• Si uno de ellos fuere un socio minoritario; ¿Qué precauciones debe tomar al constituir la sociedad, a los efectos de asegurar su participación en las decisiones sociales?.

Como se puede observar de acuerdo al tipo de aporte tenemos que el socio  Sr. Labanca posee el 66.67% del total de acciones  y el  socio Sr Sinsuerte tiene el 33.33% del total de acciones.
Las precauciones que tiene que tomas el Sr Labanca seria:
-      Tener la representación general de la empresa como Gerente General, con el cual tiene los plenos derechos para abrir y crear cuentas bancarias, así como celebrar convenios, contratos, etc.
-      Exigir que en los Estatutos se coloque en un artículo el derecho preferente, por el cual el socio que desee vender sus acciones primeramente informe de su decisión a los socios de la empresa a fin de que ellos lo adquieran primeramente, antes de que estas acciones sean ofrecidas a terceras personas ajenas a la sociedad.





PASOS PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA


PASOS PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA 
Por: Norma Solis Zavala

1.- REUNION PREVIA DE SOCIOS
En esta etapa los socios que van a constituir la empresa se reúnen para:
a.    Designar al Gerente de la empresa que va a tener la representación legal.
b.    Establecer cuál será el  objeto social o las actividades a los cuales se dedicara la empresa.
c.    Establecer los aportes de capital de cada socio, el cual será en bienes dinerarios o no dinerarios.
d.    Elegir el nombre o la razón social de la empresa.

2.- BUSQUEDA DE NOMBRE Y RESERVA DE NOMBRE
a.    Búsqueda del nombre: Con el nombre o razón social de la empresa que fue elegido por los socios se procede a hacer la búsqueda de dicho nombre en los Registros Públicos, para saber si el nombre está libre.
b.    Reserva del nombre: Con la información obtenida en la búsqueda de nombre se procede a reservarlo si este está libre, para lo cual se presenta el formulario de inscripción de título  y la solicitud de reserva de nombre con los datos de los socios integrantes y la firma del gerente general y se paga el derecho por reserva de nombre en la caja de Registros Públicos.

3.- ELABORACION DE LA MINUTA
La minuta es un documento en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.
En la Minuta se detallan quienes son los socios, el objeto social de la empresa, los aportes de capital de socios, así como los Estatutos de la empresa, además se señala quien es el Gerente General.
Esta Minuta va con la firma del abogado y del Gerente General.

4.- ELEVACION DE LA MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA
La Minuta es llevada al Notario Público el cual la revisa y elabora la Escritura pública.
La Minuta es ingresada en la notaria con los siguientes documentos:
-          Copias de DNI de los socios y si estuvieran casados los socios también se llevan las copias de los DNIs de sus respectivas esposas.
-          La Reserva del Nombre.
-          Si el aporte de los socios es en bienes dinerarios se lleva la constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
-          Si el aporte de los aportes en bienes no dinerarios se lleva un inventario detallado y valorizado de los bienes.

5.- INSCRIBIR ESCRITURA PÚBLICA EN REGISTROS PÚBLICOS.
Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de Registros Públicos en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa en los Registros Públicos.
Se entrega los siguientes documentos:
-          Formulario de inscripción de Titulo
-          Escritura Pública.
-          copia del DNI de la persona que entrega los documentos.
La Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos.

6.- OBTENCIÓN DEL NÚMERO DE RUC
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o empresa ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para el pago de los impuestos.
Para sacar el RUC, la SUNAT solicita:
-          La presencia del Gerente General.
-          Copia del DNI del gerente general.
-          La copia certificada de la Partida Registral.
-          Copia del recibo de luz, agua, teléfono o contrato de alquiler donde será el domicilio fiscal de la empresa.
Al momento de sacar el RUC se elige en que régimen tributario estará inscrito la empresa:
-          Régimen Espacial de la Renta o Régimen General de la Renta.
Luego de tener el número de RUC procedemos a imprimir los comprobantes de pago (boleta, factura y guías de remisión) que vamos a utilizar.

7.- COMPRAR Y LEGALIZAR LIBROS CONTABLES
Se compra los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido y los llevamos a una notaría para que sean legalizados por un notario público.
Documentos que se necesitan:
-          Copia de la Ficha RUC.
-          Copia certificada de la Partida Registral de la empresa o Vigencia de Poder.
-          Copia de DNI del Gerente General.
-          Los libros contables a legalizar.


8. INSCRIPCIÓN EN EL REMYPE
Para acceder a los beneficios de la Micro empresa y Pequeña empresa, se tiene que proceder a inscribirse en el registro de micro y pequeña empresa.
Requisitos mínimos:
-          Numero de RUC
-          Clave Sol
-          Tener por lo menos un trabajador que no sea socio de la empresa.
En dicho registro se señala si la empresa es una micro empresa o pequeña empresa, estimando las ventas anuales que esperan obtener.
Así mismo se elige si los trabajadores van estar inscritos en ESSALUD o en el SIS.
También se informa si los trabajadores estarán inscritos en AFP o SNP
Luego de haberse registrado en el REMYPE se procede a inscribir a los trabajadores en la SUNAT ingresando con la Clave sol en el T Registro. Así como se hace la inscripción de los tributos relacionados con la Renta de 5ta. Categoría, ESSALUD y SNP


9. TRAMITAMOS LA LICENCIA MUNICIPAL
En este paso acudimos a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicada físicamente nuestra empresa, y tramitamos la obtención de la licencia de funcionamiento.

Por lo general, los documentos que debemos presentar son:
-          Copia del RUC.
-          Información de la Zonificación para saber si el lugar ubicado cuenta con certificado de zonificación: zona industrial, zona comercial o zona residencial.
-          Croquis de la ubicación de la empresa.
-          Copia del contrato de alquiler o del título de propiedad del local.
-          Copia de la Escritura Pública.
-          Recibo de pago por derecho de licencia.
-          Formulario de solicitud.



BIBLIOGRAFIA CONSULTADA
-          Información personal.
Pasos para constituir una empresa. Consultado el 27/04/2015, en http://www.crecenegocios.com/pasos-para-constituir-una-empresa/

Participantes:Conferencia Como proteger a las familias de la Idedología de género

CONFERENCIA: COMO PROTEGER A NUESTRAS FAMILIAS FRENTE A LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO 

Organizado por la Red Viva Perú, 12 de agosto 2017. Lima. Perú 
Expositores: LUIS SOLARI DE LA FUENTE (Medico. Ex Ministro de Salud y presidente del Consejo de Ministros), BEATRIZ MEJIA MORI (Abogada. Ex Directora De La Academia de La Magistratura),  Pastor JOSIAS ESPINOZA CARDENAS (Pastor y Teólogo)


PONENTES

Pastor JOSIAS ESPINOZA CARDENAS (Pastor y Teólogo)




LUIS SOLARI DE LA FUENTE (Medico. Ex Ministro de Salud y presidente del Consejo de Ministros)








BEATRIZ MEJIA MORI (Abogada. Ex Directora De La Academia de La Magistratura)



CONFERENCIA

LUIS SOLARI DE LA FUENTE 









Pastor JOSIAS ESPINOZA CARDENAS 



BEATRIZ MEJIA MORI