NIC 23
COSTOS POR INTERESES
por: Norma Solis Zavala
Introducción
Las Normas Internacionales de
Contabilidad NIC o IFRS (International Financial Reporting Standards) son un
conjunto de estándares creados en Londres, por el IASB que establecen la
información que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que
esa información debe aparecer, en dichos estados.
Las NIC son normas contables de alta
calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica
de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación
financiera de una empresa.
Las NIC son emitidas por el
International Accounting Standards Board (IASB, anterior International
Accounting Standards Committee, IASC).
Las normas contables dictadas entre 1973
y 2001, reciben el nombre de "Normas Internacionales de Contabilidad"
(NIC) y fueron dictadas por el IASC, precedente del actual IASB. Desde abril de
2001, año de constitución del IASB, este organismo adoptó todas las NIC y
continuó su desarrollo, denominando a las nuevas normas "Normas
Internacionales de Información Financiera" (NIIF).
Las normas se conocen con las siglas NIC
y NIIF dependiendo de cuando fueron aprobadas y se matizan a través de las
"interpretaciones" que se conocen con las siglas SIC y CINIIF.
En 1993 la NIC 23 fue revisada y se
emitió una Interpretación SIC que tiene
relación con la NIC 23, se trata de la:
• SIC-2,
Uniformidad - Capitalización de los Costos Financieros.
Esta revisión entro en vigencia para los
estados financieros que cubrían periodos que comiencen en o después del 1 de
enero de 1995, sustituyendo a la NIC 23 llamada “Capitalización de Intereses”,
aprobada por el Consejo del IASC en marzo de 1984.
Posteriormente el 1 de enero de 2012 fue emitida la NIC 23 “Costos por Préstamos”,
incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las
NIIF que serán sustituidas.
NIC 23
Principio
básico
Los costos por préstamos que sean
directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo
apto forman parte del costo de dichos activos. Los demás costos por préstamos
se reconocen como gastos.
Son costos por préstamos los intereses y
otros costos en los que la entidad incurre, que están relacionados con los
fondos que ha tomado prestados.
Alcance
1.- Esta Norma se aplicará por una
entidad en la contabilización de los costos por préstamos.
2.- Esta Norma no se ocupa del costo,
efectivo o imputado, del patrimonio incluido el capital preferente no
clasificado como pasivo.
3.- No se requiere que una entidad
aplique esta Norma a los costos por préstamos directamente atribuibles a la
adquisición, construcción o producción de:
(a)
un
activo apto medido al valor razonable, como por ejemplo un activo biológico; o
(b)
inventarios
que sean manufacturados, o producidos de cualquier otra forma, en grandes
cantidades de forma repetitiva.Definiciones
Definiciones
Esta Norma utiliza los siguientes
términos:
·
Son
costos por préstamos, los intereses y otros costos en los que la entidad
incurre, que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.
·
Un
activo apto, es aquel el que requiere, necesariamente, de un periodo sustancial
antes de estar listo para el uso al que está destinado o para la venta.
Los costos por préstamos pueden incluir:
(a)
el
gasto por intereses, calculado utilizando el método de la tasa de interés
efectiva de la forma descrita en la NIC 39 Instrumentos Financieros:
Reconocimiento y Medición;
(b)
las
cargas financieras relativas a los arrendamientos financieros reconocidos de
acuerdo con la NIC 17 Arrendamientos; y
(c)
las
diferencias de cambio procedentes de préstamos en moneda extranjera en la
medida en que se consideren como ajustes de los costos por intereses.
Dependiendo de las circunstancias,
cualquiera de los siguientes podrían ser activos aptos:
(a)
inventarios
(b)
fábricas
de manufactura;
(c)
instalaciones
de producción eléctrica;
(d)
activos
intangibles;
(e)
propiedades
de inversión.
Los activos financieros, y los
inventarios que son manufacturados, o producidos de cualquier otra forma en
periodos cortos. Los activos que ya están listos para el uso al que se les
destina o para su venta no son activos aptos.
Reconocimiento
Una entidad capitalizará:
· los
costos por préstamos que sean directamente atribuibles a la adquisición,
construcción o producción de activos aptos, como parte del costo de dichos
activos.
· deberá
reconocer otros costos por préstamos como un gasto en el periodo en que se haya
incurrido en ellos.
Los costos por préstamos que sean
directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un
activo apto, se incluyen en el costo de dichos activos.
Estos costos por préstamos se
capitalizarán, como parte del costo del activo, siempre que sea probable que
den lugar a beneficios económicos futuros para la entidad y puedan ser medidos
con fiabilidad.
Cuando una entidad aplique la NIC 29
Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias, reconocerá como un
gasto la parte de los costos por préstamos que compensa la inflación durante el
mismo periodo, de acuerdo con el párrafo 21 de dicha Norma.
Costos
por préstamos susceptibles de capitalización
Son costos por préstamos que son
directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un
activo apto, son aquellos costos por préstamos que podrían haberse evitado si
no se hubiera efectuado un desembolso en el activo correspondiente. Cuando una
entidad toma fondos prestados que destina específicamente a la obtención de un
activo apto, los costos por préstamos relacionados con éste pueden ser
fácilmente identificados.
Puede resultar difícil identificar una
relación directa entre préstamos recibidos concretos y activos aptos, para
determinar qué préstamos podrían haberse evitado. Esta dificultad se pone de
manifiesto:
· cuando
la actividad financiera de la entidad está centralizada.
· cuando
un grupo de entidades utiliza una gama variada de instrumentos de deuda para
obtener financiación a diferentes tasas de interés, y presta luego esos fondos,
con diferentes criterios, a otras entidades del grupo.
· cuando
se usan préstamos expresados o referenciados a una moneda extranjera, cuando el
grupo opera en economías altamente inflacionarias, y cuando se producen
fluctuaciones en las tasas de cambio.
Como resultado de lo anterior, la
determinación del importe de los costos por préstamos que son directamente
atribuibles a la adquisición de un activo apto puede resultar difícil, y se
requiere la utilización del juicio profesional para realizarla.
Si los fondos se hayan tomado prestados
específicamente con el propósito de obtener un activo apto:
·
la
entidad determinará el importe de los mismos susceptibles de capitalización
como los costos por préstamos reales en los que haya incurrido por tales
préstamos durante el periodo, menos los rendimientos conseguidos por la
inversión temporal de tales fondos.
Según los acuerdos financieros relativos
a los activos aptos, podría suceder que:
·
la
entidad obtenga los fondos, e incurra en los correspondientes costos por
préstamos, antes de que los mismos sean usados total o parcialmente para hacer
desembolsos en el activo en cuestión.
En estas circunstancias, la totalidad o
una parte de los fondos a menudo se invierten temporalmente a la espera de
efectuar los desembolsos correspondientes en el citado activo apto. Para
determinar la cuantía de los costos por préstamos susceptibles de ser
capitalizados durante un periodo, se deducirá de los costos por préstamos
incurridos cualquier rendimiento obtenido por tales fondos.
Si los fondos de una entidad procedan de
préstamos genéricos y los utilice para obtener un activo apto:
·
la
entidad determinará el importe de los costos susceptibles de capitalización
aplicando una tasa de capitalización a los desembolsos efectuados en dicho
activo.
La tasa de capitalización será la media
ponderada de los costos por préstamos aplicables a los préstamos recibidos por
la entidad, que han estado vigentes en el periodo, y son diferentes de los
específicamente acordados para financiar un activo apto. El importe de los
costos por préstamos que una entidad capitaliza durante el periodo, no excederá
del total de costos por préstamos en que se ha incurrido durante ese mismo
periodo.
En algunas circunstancias, podría ser
adecuado incluir todos los préstamos recibidos por la controladora y sus
subsidiarias al calcular la media ponderada de los costos por préstamos; en
otros casos, sin embargo, será adecuado utilizar, para cada subsidiaria, una
media ponderada de los costos por préstamos atribuibles a sus propios préstamos.
Exceso
del importe en libros del activo apto sobre el importe recuperable.
Cuando el importe en libros o el costo
final del activo apto excedan a su importe recuperable o a su valor neto
realizable, el importe en libros se reducirá o se dará de baja de acuerdo con
las exigencias de otras Normas. En ciertos casos, el importe reducido o dado de
baja se recupera y se puede reponer, de acuerdo con las citadas Normas.
Inicio de
la capitalización
Una entidad comenzará la capitalización
de los costos por préstamos como parte de los costos de un activo apto en la
fecha de inicio. La fecha de inicio para la capitalización es aquella en que la
entidad cumple por primera vez toda y cada una de las siguientes condiciones:
(a)
incurre
en desembolsos en relación con el activo;
(b)
incurre
en costos por préstamos; y
(c)
lleva
a cabo las actividades necesarias para preparar al activo para el uso al que
está destinado o para su venta.
Los desembolsos relativos a un activo
apto incluyen únicamente los desembolsos que hayan dado lugar a pagos en
efectivo, a transferencias de otros activos o cuando se asuman pasivos que
devenguen intereses. El importe de los desembolsos se reducirá por la cuantía
de los anticipos y ayudas recibidos en relación con el activo (véase la NIC 20
Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre
Ayudas Gubernamentales). El importe en libros promedio del activo durante un
periodo, incluyendo los costos por préstamos capitalizados anteriormente,
constituye por lo general una aproximación razonable de los desembolsos a los
que se debe aplicar la tasa de capitalización en ese periodo.
Las actividades necesarias para preparar
el activo para el uso al que está destinado o para su venta implican algo más
que la construcción física del mismo. Incluyen también los trabajos técnicos y
administrativos previos al comienzo de la construcción, propiamente dicha,
tales como las actividades asociadas con la obtención de permisos previos al
comienzo de la construcción. No obstante, estas actividades excluyen la mera
tenencia del activo, cuando éste no es objeto de producción o desarrollo alguno
que implique un cambio en su condición. Por ejemplo, los costos por préstamos
en los que se incurre mientras los terrenos se están preparando se capitalizan
en los periodos en que tal preparación tiene lugar. Sin embargo, los costos por
préstamos en que se incurre mientras los terrenos adquiridos para construir
sobre ellos se mantienen inactivos, sin realizar en ellos ninguna labor de
preparación, no cumplen las condiciones para ser capitalizados.
Suspensión
de la capitalización
Una entidad suspenderá la capitalización
de los costos por préstamos durante los periodos en los que se haya suspendido
el desarrollo de actividades de un activo apto, si estos periodos se extienden
en el tiempo.
Una entidad puede incurrir en costos por
préstamos durante un periodo extenso en el que están interrumpidas las
actividades necesarias para preparar un activo para su uso deseado o para su
venta. Estos costos son de tenencia de activos parcialmente terminados y no
cumplen las condiciones para su capitalización. Sin embargo, una entidad no
interrumpirá normalmente la capitalización de los costos por préstamos durante
un periodo si se están llevando a cabo actuaciones técnicas o administrativas
importantes. Tampoco suspenderá la capitalización de costos por préstamos
cuando una demora temporal sea necesaria como parte del proceso de preparación
de un activo disponible para su uso previsto o para su venta. Por ejemplo, la
capitalización continúa durante el periodo en que el elevado nivel de las aguas
retrase la construcción de un puente, si tal nivel es normal en esa región
geográfica, durante el periodo de construcción.
Fin de la
capitalización
Una entidad cesará la capitalización de
los costos por préstamos cuando:
·
se
hayan completado todas o prácticamente todas las actividades necesarias para
preparar al activo apto para el uso al que va destinado o para su venta. Un
activo estará preparado para el uso al que está destinado o para su venta,
cuando se haya completado la construcción física del mismo, incluso aunque
todavía deban llevarse a cabo trabajos administrativos. Si lo único que falta
es llevar a cabo modificaciones menores, tales como la decoración del edificio
siguiendo las especificaciones del comprador o usuario, esto es indicativo de
que todas las actividades de construcción están sustancialmente acabadas.
·
se
complete la construcción de un activo apto por partes, y cada parte se pueda
utilizar por separado mientras continúa la construcción de las restantes, dicha
entidad cesará la capitalización de los costos por préstamos cuando estén
terminadas, sustancialmente, todas las actividades necesarias para preparar esa
parte para su el uso al que está destinada o para su venta.
Un parque industrial que comprenda
varios edificios, cada uno de los cuales puede ser utilizado por separado, es
un ejemplo de activo apto, donde cada parte es susceptible de ser utilizada
mientras continúa la construcción de las demás. Un ejemplo de activo apto que
necesita terminarse por completo antes de que cada una de las partes pueda
utilizarse es una planta industrial en la que deben llevarse a cabo varios
procesos secuenciales en las distintas partes de que consta, como es el caso de
una factoría de producción de acero.
Información
a revelar
Una entidad revelará:
(a)
el
importe de los costos por préstamos capitalizados durante el periodo; y
(b)
la
tasa de capitalización utilizada para determinar el importe de los costos por
préstamos susceptibles de capitalización.
Disposiciones
transitorias
Si la aplicación de esta Norma
representa un cambio en su política contable, una entidad aplicará la Norma a
los costos por préstamos relacionados con los activos aptos cuya fecha de
inicio de la capitalización sea la fecha de entrada en vigor o posterior.
Sin embargo, una entidad puede designar
cualquier fecha anterior a la de su entrada en vigor y aplicar la Norma a los
costos por préstamos relacionados con todos los activos aptos para los que la
fecha de inicio de la capitalización sea dicha fecha u otra posterior.
Fecha de
vigencia
Una entidad aplicará la Norma en los
periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2009. Se permite su
aplicación anticipada. Si una entidad aplicase la Norma desde una fecha
anterior al 1 de enero de 2009, revelará este hecho.
A.- Una entidad aplicará esa modificación para los
periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2009. Se permite su
aplicación anticipada. Si una entidad aplicase las modificaciones en un periodo
que comience con anterioridad, revelará este hecho.
Derogación
de la NIC 23 (revisado en 1993)
Esta Norma deroga a la NIC 23 Costos por
Préstamos revisada en 1993.
BIBLIOGRAFIA CONSULTADA:
NIC 23 COSTOS POR INTERESES –
Perucontable. Consultado el 11/07/2015 en www.perucontable.com/modules/newbb/dl_attachment.php?...post...
Norma Internacional de Contabilidad 23
Costos por Préstamos NIC N°23. Costos por préstamos - Ministerio de Economía y
… Consultado el 11/07/2015 en www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/.../nic/23_NIC.pdf
Normas Internacionales de Información Financiera. Consultado
el 11/07/2015 en https://es.wikipedia.org/wiki/Normas_Internacionales_de_Informaci%C3%B3n_Financiera
Normas Internacionales de Contabilidad. Consultado el 11/07/2015
enhttps://es.wikipedia.org/wiki/Normas_Internacionales_de_Contabilidad

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